Contratación de Trabajadores con Discapacidad: Subvenciones
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Identificación

SERIE:
01623 Contratación de Trabajadores con Discapacidad: Subvenciones

FUNCIÓN:
21.03. Trabajo. Empleo.

Descripción

OBJETO:
Fomentar la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad en situación de desempleo, favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos y contribuir a la adaptación de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad..

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Economía, Industria y Empleo. Instituto Aragonés de Empleo (INAEM). Dirección Provincial. Sección de Promoción Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo o las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos. (BOE 04/06/1983)
• Ley 9/1999, de 9 de abril, de Creación del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto 82/2001, de 10 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo.
• Decreto - Ley 2/2013, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la ejecución del Plan Impulso 2013 para el crecimiento económico y la protección social
• Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. (BOE 03/12/2013)
• Orden del 13 de septiembre 2013, del Consejero de Economía y Empleo, (BOA 12/09/2013) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de empleo y el estímulo del mercado de trabajo en el marco del Plan Impulso 2013 del Gobierno de Aragón para la reactivación económica y la generación de empleo y por la que se aprueba la convocatoria de dichas subvenciones.
• Decreto 85/2014, de 27 de mayo , del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban medidas destinadas a fomentar la contratación de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
• Orden de 16 de julio de 2014, del Consejero de Economía y Empleo
• Orden de 23 de diciembre de 2014, del Consejero de Economía y Empleo
• Orden de 22 de junio de 2015, del Departamento de Economía y Empleo (BOA 14/07/2015) por el que se aprueba el programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el mismo.
• Resolución de 18 de agosto de 2015, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, (BOA 11/09/2015) por la que se convocan para el año 2015 las subvenciones reguladas en la Orden de 22 de junio de 2015, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se aprueba el Programa Oportunidad Empleo Joven y se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el mismo

TRÁMITE:
Aprobación de bases reguladoras mediante Decreto u Orden, convocatoria anual, solicitud de los interesados al Director Gerente del Inaem junto con la documentación exigida, resolución del Director Provincial del Inaem, notificación de la resolución al interesado.
Ha habido durante 2013 el Plan impulso 2013 mediante el cual se ha subvencionado la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad al amparo de la Orden del 13 de septiembre 2013, del Consejero de Economía y Empleo.
Ha habido durante 2015 el Programa Oportunidad Empleo Joven mediante el cual se ha subvencionado la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad al amparo de la Resolución de 18 de agosto de 2015, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, (BOA 11/09/2015).
En algunos expedientes aparece una carpeta con documentación sobre el seguimiento que se le realiza al trabajador y a la empresa.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Solicitud, anexos normalizados que acompañan a las correspondientes ordenes de convocatoria. Documentación de la empresa, Informe de de Vida Laboral, contrato de trabajo y/o comunicación del mismo al SEPE, certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad Social, copia del documento contable ADO o D y O y justificantes de notificación.

FECHA INICIAL:
2013

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
3 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
3 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
- Expurgo a los 5 años después del cierre de los expedientes financiados con recursos propios.
Se pueden destruir los expedientes cuya fecha de pago haya transcurrido mas de tres años desde el cierre del programa operativo correspondiente:
- Expedientes de 2008 a 2013.- Expurgo.- Tres años desde que se produzca el cierre del PO Aragón-.
No obstante aquellos expedientes que tengan abierto un expediente de seguimiento, se retirarán y se guardará hasta que finalicen esos expedientes.

ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos personales

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160415

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/473/2016, de 5 de mayo, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 30/05/2016)

OBSERVACIONES:
Se incluye Como financiación propia: Plan Impulso y el programa de oportunidad de empleo joven

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20151118

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