Identificación
SERIE:
01594 Institutos Universitarios de Investigación: Ayudas
FUNCIÓN:
05.01 Ciencia y
tecnología. Investigación y desarrollo
Descripción
OBJETO:
Régimen de ayuda destinado a lograr que la actividad investigadora de los Institutos Universitarios de Investigación sea de nivel excelente, y a realizar una gestión dinámica.
Para optar a las ayudas, los Institutos deben previamente obtener la calificación de financiables, acreditando que cumplen unas condiciones preestablecidas, a través de la superación favorablemente una evaluación externa de su calidad científica
así como del impacto e interés estratégico de la actividad científica que desarrollan.
Se trata de subvenciones ex post que se otorgan a la concurrencia de una determinada situación y no para el desarrollo de una actividad futura.
ORGANISMO PRODUCTOR:
- Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. Dirección General de Investigación e Innovación. Servicio de Programación Planificación y de I+D+i. Ver evolución del organismo
LEGISLACIÓN:
• Decreto 183/2006, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Institutos Universitarios de Investigación
propios y mixtos de la Universidad de Zaragoza, modificado por el Decreto 160/2009, de 9 de septiembre.
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones .
• Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
• Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad de Aragón
• Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón
TRÁMITE:
- Evaluación como financiables de los IUIs que lo soliciten
- Gestión administrativa de la resolución por la que se otorga la calificación de financiable no inferior a dos años.
- Determinación de la cuantía de la subvención de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.
- Gestión administrativa de la orden de concesión de la ayuda
VIGENCIA:
Serie abierta
EXPEDIENTE:
Cada anualidad contiene:
Solicitudes de reconocimiento y de subvención.
Proceso de evaluación como financiables realizada ese año, en su caso Orden u órdenes de reconocimiento de los institutos como financiables, en su caso Ordenes de concesión de la ayuda determinada a los solicitantes
Trámites de la documentación administrativa y contable para el pago: Propuesta y orden de Concesión. Solicitud de informe Comisión Subvenciones y Ayudas, Unidad de Control e intervención previa. Documentos contables A D y O. Memorias
justificativas anuales de la actividad investigadora.
FECHA INICIAL:
2007
Acuerdos de Valoración
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años
TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
No
EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
Sí
PLAZO DE EXPURGO:
10 años
INFORMACIÓN SOBRE EL
EXPURGO:
Se guardan las memorias presentadas por los Institutos
ACCESO:
Restringido
LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal
Observaciones
FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160602
PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden
HAP/649/2016, de 16 de junio, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/07/2016)
FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20140730