Estrategia de Innovación en Aragón (INNOVARAGÓN)
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Identificación

SERIE:
01682 Estrategia de Innovación en Aragón (INNOVARAGÓN)

FUNCIÓN:
05.01 Ciencia y tecnología. Investigación y desarrollo

NOMBRE DE SUBSERIE:
90384 Ayudas
90385 Convenios

Descripción

OBJETO:
La Estrategia del Gobierno de Aragón para la Innovación, INNOVARAGÓN, tiene como objeto estimular la práctica de la innovación en el conjunto del tejido empresarial aragonés, como palanca de competitividad. El sistema regional de innovación forma parte del sistema nacional de innovación, así como del sistema europeo de innovación.
Se desarrollan a través de 6 Líneas y 19 Programas operativos centrados en el apoyo a las iniciativas innovadoras de nuestras empresas y al cambio en la cultura innovadora del tejido productivo aragonés para orientarlo a sectores económicos de futuro.
La Estrategia de la Innovación en Aragón se instrumentaliza a través de ayudas en concurrencia competitiva destinadas a proyectos de investigación, desarrollo e innovación en empresas y a través de la firma de convenios entre el Gobierno de Aragón y diversas entidades públicas y privadas que realizan las actuaciones enmarcadas en las líneas y programas de la estrategia.

ORGANISMO PRODUCTOR:
Departamento de Innovación, Investigación y Universidad. Dirección General de Investigación e Innovación. Ver evolución del organismo

LEGISLACIÓN:
• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Decreto 77/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de la Estrategia de la Innovación en Aragón.
• Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.

TRÁMITE:
Dos líneas de actuación: Convenios y ayudas.

Convenios: Las actuaciones que tienen cofinanciación nacional, normalmente se realizan mediante la formalización de un préstamo a la Comunidad Autónoma por parte de la Administración General del Estado que conlleva unos plazos de amortización que finalizan varios años más tarde.
Redacción del Convenio (o addenda).
Memoria justificativa y económica.
Orden autorización del gasto.
Comunicación del importe de la ayuda a la Comisión de Subvenciones y Ayudas e informe Unidad de Control en su caso.
Solicitud de Informe a la Dirección General de Enseñanza Superior (si el convenio se firma con la Universidad de Zaragoza).
Aprobación por el Consejo de Gobierno.
Firma del convenio, registro del convenio y publicación en BOA (si se suscribe con el Estado o entidades dependientes, publicación el Boletín oficial correspondiente).
Presentación por la entidad beneficiaria de la documentación justificativa de las actividades subvencionadas. Pago de la subvención.
Ayudas:El origen de la financiación de las líneas de actuación puede variar anualmente, pueden tramitarse con financiación propia, con financiación estatal o financiación europea.
Convocatoria pública (Se publica en BOA).
Presentación de la solicitud.
Evaluación por parte de la Comisión de Valoración.
Resolución del Director General o del titular del Departamento (Se publica en BOA).
Aceptación de la ayuda.
Recursos administrativos.
Presentación de la documentación justificativa.
Pago de la ayuda.
Reintegros, en su caso.

VIGENCIA:
Serie abierta

EXPEDIENTE:
Convenios:
- Solicitud, acompañada de la siguiente documentación:
a) Justificación de la personalidad jurídica de la entidad y su representante, b) Memoria de la actividad, c) Presupuesto estimativo,
- Solicitud para la autorización de uso del logo del Gobierno de Aragón. - Memoria Justificativa y Económica de la Dirección General, - Orden de concesión de la subvención, - Texto convenio firmado y registrado, - Documentos contables, - Documentación justificativa de la realización de las actuaciones subvencionadas: memoria de la actividad realizada, certificados, facturas, justificantes de pago e informe preceptivo de la Comisión de Comunicación Institucional.
Ayudas:
- Solicitudes que se acompañan de la siguiente documentación:
a) Documentos acreditativos de la identificación fiscal del solicitante así como, en su caso, de su representante (N.I.F. o C.I.F).
b) Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos necesarios para acreditar el poder de representación de éste último.
c) Escritura de constitución de la empresa y de sus modificaciones, así como estatutos de la misma y sus modificaciones. En el caso de las cooperativas, deberá acreditarse, además, su inscripción en el Registro de Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Fotocopia del alta en el IAE así como del último recibo o declaración de exención (según corresponda).
e) Memoria del proyecto suscrita por el investigador principal del mismo perteneciente al grupo de investigación reconocido por el Gobierno de Aragón cuyo contenido debe incluir al menos los epígrafes descritos en el anexo II.A, o por la empresa.
f) Certificado emitido por el organismo al que pertenece el investigador principal del proyecto (perteneciente a un grupo de investigación reconocido por el Gobierno de Aragón)
g) Documento en el que figure el compromiso financiero de la empresa con el organismo al que pertenece el investigador principal del proyecto.
h) Alta de Terceros cumplimentada en original solamente si es la primera vez que se solicita una subvención o se ha producido algún cambio en los datos que obren en poder de la Administración.
i) Declaración jurada respecto de todas las ayudas públicas que tengan concedidas o solicitadas para el mismo proyecto.
j) Declaración jurada del solicitante relativa a ayudas de mínimis solicitadas/recibidas en los tres años anteriores, indicando la cuantía y procedencia.
- Evaluación por parte de la Comisión de Valoración.
- Resolución del Director General o del titular del Departamento (Se publica en BOA).
- Aceptación de la ayuda.
- Recursos administrativos.
- Documentación justificativa de la realización de la actividad subvencionada:
a) Escrito de presentación de la documentación justificativa.
b) Relación de los gastos efectuados para la realización del proyecto subvencionado dentro del periodo subvencionable, certificado por la empresa.
c) La justificación documental de la realización de los gastos mediante la aportación de las facturas o documentos acreditativos del gasto efectuado, así como de los correspondientes justificantes de pago.
d) Memoria final de realización del proyecto y objetivos alcanzados.
e) Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros en el supuesto de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá aportar también justificación de haber solicitado, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, y así se haga constar en un informe.
- Pago de la ayuda.
- Reintegros, en su caso.

FECHA INICIAL:
2010

Acuerdos de Valoración

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE OFICINA:
No

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:
5 años        

TRANSFERENCIA AL ARCHIVO HISTÓRICO:
20 años

EXPURGO EN EL ARCHIVO DE LA ADMINISTRACIÓN:

PLAZO DE EXPURGO:
10 -15 años

INFORMACIÓN SOBRE EL EXPURGO:
Convenios: Conservación permanente de los convenios para infraestructuras y expurgo del resto de convenios a los 15 años.
El préstamo destinado a la estrategia INNOVARAGON tiene plazos de amortización largos (hasta 2027). Durante este tiempo y aunque las actuaciones hayan finalizado y se hayan justificado por completo, pueden volver a ser objeto de petición de informes o de diversos controles, a instancias de la administración central que otorga el préstamo, por lo que se considera que los expedientes deben conservarse durante 15 años.

Ayudas: Conservación permanente de la línea de ayudas a proyectos y expurgo de las demás líneas a los 10 años.
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ACCESO:
Restringido

LEGISLACIÓN SOBRE EL ACCESO:
• Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo.
• Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

INFORMACIÓN SOBRE EL ACCESO:
Contiene datos de carácter personal

Observaciones

FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA COMISIÓN DE VALORACIÓN:
20160602

PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA):
• Orden HAP/649/2016, de 16 de junio, del Departamento de Hacienda y Administración Pública, por la que se da publicidad a los acuerdos adoptados por la Comisión de Valoración de Documentos Administrativos. (BOA 05/07/2016)

OBSERVACIONES:
En 2016 unicamente permanecían abiertas: Plan Innova (A1-Proyectos IDI) y Plan Innova (A2-Proyectos IDI)
ARCHIVO DE OFICINA: Expurgo a los 2 años de las solicitudes desistidas, denegadas o no concedidas
• En general, convocatoria cada dos años, con algunas excepciones:
- Proyectos de investigación en el ámbito agroalimentario: Única convocatoria: Orden de 19 de junio de 2013, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan, para el año 2013, ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito del sector agroalimentario.
- Creación de clusters. Única convocatoria incluida como Anexo en el Decreto 77/2011.
- Proyectos de I+D+i en clusters: dos convocatorias: una en 2011 (la convocatoria se incluyó como Anexo en el Decreto 77/2011) y otra en 2014 (Orden de 2 de diciembre de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan ayudas a la realización de proyectos de innovación colectiva de un cluster o asociación empresarial y de interclusters o interasociaciones empresariales)

FECHA DE DESCRIPCIÓN:
20160523

Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
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